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El MINTEL habilitó canales virtuales con mayor agilidad para que los operadores postales realicen los procedimientos de los envíos postales no distribuibles

Boletín Oficial

07 de diciembre del 2021

A partir del mes de octubre del presente año los operadores postales pueden efectuar los procedimientos de los envíos postales no distribuibles, conforme al nuevo Reglamento de Envíos Postales No Distribuibles y Rezagados del Sector Postal, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 567 de 27 de octubre del 2021, por lo que se exhorta a todos los operadores postales que realicen la actividad postal, que una vez cumplido el plazo de depósito y custodia de dos (2) meses, den estricto cumplimiento con el envío de información generada de los envíos postales con imposibilidad de entrega, con la finalidad de que la Entidad los declare como envíos postales rezagados, en cumplimiento a la normativa postal.

Normativa y procedimiento:

Cualquier información o inquietud, por favor comunicarse con la Dirección de Supervisión y Evaluación de Empresas de Telecomunicaciones y Asuntos Postales del Ministerio, al número de teléfono (02) 220-0200 EXT. 1316 o al Correo Electrónico: control.postal@mintel.gob.ec