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Los trámites de los Registros de la Propiedad y Mixtos podrán hacerse en línea

La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), entidad adscrita al MINTEL, emitió la Resolución importante: “regula el procedimiento de inscripciones y certificaciones de actos y contratos en línea de los Registros de la Propiedad y Registros de la Propiedad con funciones y facultades de Registro Mercantil a nivel nacional” (Mixtos), cuyo objetivo es regular el procedimiento de inscripción y certificación en línea de instrumentos públicos, títulos y demás documentos realizados por estas instituciones.

Los usuarios que soliciten la inscripción de actos o contratos en línea también harán uso de firma electrónica para suscribir el formulario de la declaración responsable

Los trámites: Posesión Efectiva, Testamentos, Compraventa de bienes inmuebles, Donaciones, Hipoteca; y, Fideicomisos y negocios fiduciarios, siempre que involucren bienes inmuebles, serán habilitados en la plataforma www.gob.ec.

En este sentido, la Resolución 009 establece que serán los Registros de la Propiedad y Mixtos serán responsables de hacer las gestiones pertinentes ante el MINTEL, tanto para la creación del registro en la plataforma, como la publicación de los trámites, el diseño de los formularios y la información de los campos específicos requeridos. Para esto, se establece un plazo de 60 días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Registro Oficial, para presentar un cronograma de digitalización de sus archivos a la Coordinación de Gestión, Registro y Seguimiento, de DINARDAP.

“El rol de los Registros de la Propiedad y de los Registros de la Propiedad con funciones y facultades de Registro Mercantil (Mixtos) es fundamental, pues, a través de plataformas tecnológicas de gestión de servicios registrales, debe realizarse el proceso de trámites de inscripción y certificación”, señaló el Director de Normativa, Matthew Armijos.

El funcionario indicó además que, a través del uso de firma electrónica, deben emitir los documentos que tengan directa relación con el ciudadano; es decir: razones de inscripción, notas devolutivas, certificaciones y negativas de inscripción.

Los usuarios que soliciten la inscripción de actos o contratos en línea también harán uso de firma electrónica para suscribir el formulario de la declaración responsable.

Con esta resolución se cumple lo señalado por la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, que establece: los “Registros de la Propiedad y Registros de la Propiedad con Funciones y Facultades de Registros Mercantiles que en cuenten con Sistemas de Gestión Registral, deberán integrarse inmediatamente al uso de la plataforma GOB.EC (…)”. En el caso de los Registros que no dispongan de un sistema de gestión registral inmobiliaria, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos les facilitará el acceso a la herramienta tecnológica Sistema Nacional de Registro de la Propiedad.

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