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Se habilita el canal digital para el envío de reporte de información estadística de sus operaciones postales correspondiente al segundo semestre del año 2023

Estimado Operador Postal

El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Asuntos Postales solicita dar cumplimiento con la entrega de la información estadística del segundo semestre (julio a diciembre) del año 2023 referente a la gestión de sus operaciones postales y calidad del servicio, misma que debe ser remitida dentro del término legal de treinta (30) días a la culminación del presente semestre de conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de Títulos Habilitantes y de la Gestión del Sector Postal.

Revise el video tutorial https://drive.google.com/drive/u/2/folders/13W_109lD7OZ5r_5U6QNqTUmaUVJWEF-b para consignar la información en la encuesta, y tenga presente el cronograma https://regulacion.mintel.gob.ec/cronograma-de-entrega-de-informacion-para-operadores-postales/  de cumplimiento a la normativa postal vigente.

Procedimiento para el envío del reporte de información estadística del segundo semestre del 2023:

  1. En el navegador web, en la barra de direcciones coloque el siguiente link:
  2. https://encuestas.gobiernoelectronico.gob.ec/index.php/681846?newtest=Y&lang=es Una vez ingresado el link se reflejará el formulario denominado: “FORMULARIO # 6 – CONTROL POSTAL / GESTIÓN SEMESTRAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE OPERACIONES POSTALES Y CALIDAD DEL SERVICIO
  3. Proceda a llenar los 6 módulos del formulario que los encontrará en orden alfabético (desde el módulo A hasta el módulo F), de ser el caso, suba el anexo solicitado en cada uno de los módulos.
  4. Una vez que haya proporcionado la información en cada uno de los módulos, en la parte final del mismo encontrará la sección: “Declaración”, dar clic en el cuadro “Acepto y, envío mi reporte de operaciones postales”.
  5. Se reflejará “Imprimir Respuestas”, dar clic, a continuación, le aparecerá la opción “Exportar a pdf”
  6. Usted procederá a exportar el archivo y guardarlo en formato PDF con el nombre: “EstadisticaSemestre-II-2023.pdf” para respaldo de su cumplimiento.

Nota importante:

La presente información es requerida para fines estadísticos de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de Títulos Habilitantes y de la Gestión del Sector Postal y, su incumplimiento constituiría una infracción grave la misma que sería sancionada de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 literal b), y artículo 46 de la Ley General de los Servicios Postales.

Art. 41.- Infracciones graves. Constituyen infracciones graves las siguientes: (…)

b) No entregar la información relacionada con la actividad postal requerida por la Agencia de Regulación y Control Postal (ahora Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información).

Art. 46.- Sanciones a las infracciones graves. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de cuatro a seis salarios básicos unificados dependiendo de la gravedad de la infracción y este valor será multiplicado por los criterios de ponderación por categoría y tamaño del operador establecidos.

Enlaces de control postal:

  1. Se habilita el canal digital dirigido a operadores postales y para usuarios, que permitirá informar a la Entidad de Control MINTEL, las personas o empresas presuntas informales que se dedican a actividades postales.

https://encuestas.gobiernoelectronico.gob.ec/index.php/262488?newtest=Y&lang=es

  • En el siguiente enlace los usuarios postales podrán evaluar la calidad del servicio recibido por parte de los operadores postales.

https://encuestas.gobiernoelectronico.gob.ec/index.php/366323?newtest=Y&lang=es

Para soporte se puede comunicarse con el señor Magister Luis Córdova funcionario de la Dirección de Supervisión y Evaluación de Empresas de Telecomunicaciones y Asuntos Postales 02 2200 200 ext 1316, 0984070093, control.postal@mintel.gob.ec

Dirección de Supervisión y Evaluación de Empresas de Telecomunicaciones y Asuntos Postales